Jornada de trabajo y contratación de extranjeros en Chile

En esta sección podrás conocer todo lo relacionado con la jornada de trabajo en Chile. También explicaremos aspectos relevantes a considerar en la legislación chilena a la hora de contratar trabajadores extranjeros.

 

Jornada de trabajo en Chile:

¿Qué es la jornada de trabajo?

La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar exclusiva y efectivamente sus servicios en conformidad al contrato al empleador.

Si tienes dudas referentes a tu jornada laboral, contáctate con un abogado laboral.

¿Es jornada de trabajo el tiempo no trabajado por causas ajenas al trabajador?

Se considerará también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean imputables. Así por ejemplo en caso de sismo durante la jornada de trabajo y no puede realizar su función, ese tiempo es jornada de trabajo

Si te descontaron parte de su sueldo por esta causal, contáctate con un abogado laboral.

¿El tiempo destinado a cambio de vestuario y aseo personal, es jornada de trabajo?

Si, el tiempo destinado a las actividades de cambio de vestuario, uso de elementos de protección y/o aseo personal constituirá jornada de trabajo cuando el desarrollo de la labor convenida requiera necesariamente la realización de las mismas por razones de higiene y seguridad, independientemente de si ellas se encuentran consignadas como obligaciones del trabajador en el respectivo reglamento interno. Igualmente, deberá ser calificado como tal, el lapso utilizado por los trabajadores en cambio de vestuario, cuando dicho cambio sea requerido por el empleador por razones de imagen corporativa, atención al público, requerimiento de clientes o por otras similares, consignadas en el citado reglamento. Ordinario N° 2936/225, de 14.07.2000 Dirección del Trabajo

Si tu empleador te descuenta de tu sueldo debido a estas actividades, comunícate con un abogado laboral.

¿Constituyen jornada de trabajo los cortes de energía eléctrica?

Si la interrupción de suministro de energía se produce mientras el trabajador está prestando efectivamente sus servicios, la inactividad que le afectaría constituirá jornada laboral, sea que se deba a una acción programada previamente o no, dado que la no realización de labor se produciría por causas no imputables a él, y de este modo debe ser remunerada.
Por el contrario, si el corte del suministro de energía se produce antes del inicio de la jornada efectiva, durante su suspensión por cualquier otra causa, o una vez terminada, y aún cuando el trabajador se encuentre en el recinto de la empresa, como no estaría a disposición del empleador de acuerdo a la doctrina antes señalada, no se configuraría jornada, y por ello no corresponde que tales períodos sean remunerados, sin importar si los cortes obedecen a una programación previa o no. Ordinario N° 2885/157, de 04.06.1999 Dirección del Trabajo

Si crees que podría ser ilegal que tu empleador te descuente debido a cortes de energía eléctrica, contáctate con un abogado laboral.

¿El tiempo destinado al traslado al lugar de trabajo se considera jornada de trabajo?

No, si los traslados se efectúan con anterioridad al inicio de la jornada de trabajo y con posterioridad al término de la misma, es decir, fuera de la jornada laboral pactada por los dependientes de que se trata, en opinión de este Servicio, el tiempo que éstos comprenden no constituye jornada de trabajo, dado que en ese intertanto no existe una efectiva prestación de servicios por parte de dichos dependientes y no es dable por lo mismo, considerar tales períodos como tiempo de inactividad laboral en los términos previstos en el inciso 2° del artículo 21 del Código del Trabajo. Ordinario N° 2522/139, de 13.05.1999. Dirección del Trabajo

Si tu empleador te descuenta de tu sueldo el traslado a tu lugar de trabajo, comunícate con un abogado laboral.

Limitaciones a la jornada laboral:

¿Cuál es el límite máximo de la jornada ordinaria de trabajo?

La duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cuarenta y cinco horas semanales.

Si tu jornada laboral excede las 45 horas semanales y tienes dudas respecto a la legalidad de tu contratación, contacta un abogado laboral.

¿Qué trabajadores quedan excluidos de la limitación de la jornada de 45 horas semanales?

Quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo los trabajadores que presten servicios a distintos empleadores, los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata, los contratados para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegido por ellos, los agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento.

También quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo los trabajadores que se desempeñen a bordo de naves pesqueras.

Si sientes vulnerados tus derechos, contacta un abogado laboral.

¿Aplica la limitación de jornada laboral a trabajadores que trabajan a través de los sistemas conocidos como teletrabajo?

Quedan excluidos de la limitación de jornada, los trabajadores contratados que presten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio de funcionamiento de la empresa, mediante la utilización de medios informáticos o de telecomunicaciones.

Si haces teletrabajo y sientes vulnerados tus derechos, contáctate con un abogado laboral.

¿Tienen derecho a horas extraordinarias los trabajadores excluidos de la limitación de la jornada de trabajo?

Los trabajadores excluidos de la limitación de jornada no tienen derecho al pago de horas extraordinarias. Solo las personas sujetas a jornada ordinaria (45 horas semanales) tienen derecho al pago de las horas extras efectivamente trabajadas. Corte Suprema. 30.03.1994

Si tienes jornada ordinaria y no se te pagan las horas extras, comunícate con un abogado laboral.

Otros aspectos relacionados con la jornada laboral:

¿Qué se entiende por “fiscalización superior inmediata”?

Que existe fiscalización superior inmediata cuando concurren los siguientes requisitos copulativamente.
Crítica o enjuiciamiento de la labor desarrollada, lo que significa, entre otros términos, una supervisión o control de los servicios prestados.
Que esta supervisión o control sea efectuada por personas de mayor rango o jerarquía dentro de la empresa, o establecimiento, y
Que la misma sea ejercida en forma contigua o cercana, requisito éste que debe entenderse en el sentido de proximidad funcional entre quien supervisa o fiscaliza y quien ejecuta la labor». Ordinario N° 4635/198, DE 19.08.1996. Dirección del Trabajo.

Comunícate con un abogado laboral si es que crees que se te están vulnerando tus derechos.

¿Cuándo se puede extender unilateralmente por parte del empleador la jornada de trabajo?

El empleador podrá extender la jornada ordinaria de los trabajadores del comercio hasta en dos horas diarias, en los períodos inmediatamente anteriores a las festividades. Por el período anterior se entiende el lapso de siete días antes de la festividad de que se trate. Las horas trabajadas en exceso se pagarán como extraordinarias.

Si crees que tu empleador está teniendo un comportamiento abusivo, comunícate con un abogado laboral.

Trabajadores y nacionalidad en la legislación chilena:

¿Existe un número mínimo de trabajadores chilenos que esté obligado a contratar el empleador?

El ochenta y cinco por ciento, a lo menos, de los trabajadores que sirvan a un mismo empleador deberá ser de nacionalidad chilena.

Se exceptúa de esta disposición el empleador que no ocupa más de veinticinco trabajadores.

Para dichos efectos se tomará en cuenta el número total de trabajadores que un empleador ocupe dentro del territorio nacional y no el de las distintas sucursales separadamente.

Si eres extranjero trabajando en Chile, asesórate con un abogado laboral.

Para determinar el número mínimo de trabajadores chilenos ¿se excluye a alguien?

Para determinar el número mínimo de trabajadores chilenos, se excluirá del conteo al personal técnico especialista.

Si tienes dudas referentes a tu contrato de trabajo, contacta un abogado laboral.

¿Qué extranjeros se consideran como chilenos para efectos del cómputo?

Se tendrá como chileno al extranjero cuyo cónyuge o cuyos hijos sean chilenos, o que sea viudo o viuda de cónyuge chileno. Se considerará también como chilenos a los extranjeros residentes por más de cinco años en el país, sin tomarse en cuenta las ausencias accidentales.

Un abogado laboral siempre es una buena opción para despejar tus dudas.